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ONSA/Dir. Núm. 0083 | Cuota Extraordinaria por inasistencia

Publicado: Dom. 03FEB2013, 21:13
por ONSA/VE
26ENE2013: Por disposición de la Junta Directiva de la ONSA, de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de los Estatutos de la Organización y a la [REGLA 1.4.3] del Reglamento vigente, se resuelve:
  • Establecer una cuota extraordinaria equivalente a 5UT a los miembros integrantes de la Junta Directiva, del Comando Nacional del CASMAR y del Consejo Nacional Permanente, cuando una vez cumplidas las formalidades de la convocatoria, no asistan a la actividad prevista, salvo causa de fuerza mayor debidamente documentada ante la propia Junta; todo ello en virtud de los gastos que ocasiona directa o indirectamente su inasistencia.
Cúmplase,

- Nicolás Goschenko S. (Presidente)
- Luis G. Inciarte, S. (Secretario General)
- Tania G. Socorro S. (Secretario del C.N.P.)
- Raiza V. Zurita D. (Secretario de Finanzas)
- Jesús A. Salvador I. (Cmdt. Nacional del CASMAR)
- José C. López (V/Consejo Institucional)
- Deivyn R. Vitto S. (Director del CAC)

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